Proyectos Radicados: Abril 2021

Proyectos Radicados: Abril 2021

ASORE participó en las vistas de los siguientes proyectos:

SENADO DE PUERTO RICO

PS91 – Para derogar los Artículos 1.1, 1.2, 2.1, 2.2, 2.3, 2.4, 2.5, 2.6, 2.7, 2.8, 2.9, 2.10, 2.11, 2.12, 2.13, 2.14, 2.15, 2.16, 2.17, 2.18, 2.19, 2.20, 2.21, 6.1, 6.2 y 7.1 de la Ley Núm. 4-2017, según enmendada., mejor conocida como la “Ley de Transformación y Flexibilidad Laboral”; enmendar los Artículos 4, 5, 6 y 11 de la Ley Núm. 379 de 15 de mayo de 1948, según enmendada; enmendar las Sección 4 de la Ley Núm. 289 de 9 de abril de 1946, según enmendada; enmendar los Artículos 6 y 12 de la Ley 180-1998, según enmendada; enmendar el Artículo 1 de la Ley Núm. 148 de 30 de junio de 1969, según enmendada; enmendar los Artículos 1, 2, 3, 5, 7, 8, 9, 10, 11 y 12 de la Ley Núm. 80 de 30 de mayo de 1976, según enmendada, y derogar su Artículo 3-A; enmendar el Artículo 5-A de la Ley Núm. 45 de 18 de abril de 1935, según enmendada; enmendar la Sección 3(q) de la Ley Núm. 139 de 26 de junio de 1968, según enmendada; y enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 100 de 30 de junio de 1959, según enmendada, a los fines de restablecer y ampliar los derechos de la clase trabajadora en Puerto Rico.


 

 

PS193 – Para establecer la “Ley para la Protección y Ampliación de los Derechos de los Trabajadores y las Trabajadoras de Puerto Rico” a los fines de restablecer y ampliar los derechos y protecciones de los trabajadores y trabajadoras de Puerto Rico; derogar la Ley Núm. 4 de 26 de enero de 2017; enmendar los Artículos 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 13, 14 y 16 de la Ley Núm. 379 de 15 de mayo de 1948, según enmendada; enmendar las Secciones 4 y 5 de la Ley Núm. 289 de 9 de abril de 1946, según enmendada; enmendar el inciso (b) del Artículo 5; enmendar el inciso (a) y (d) del Artículo 6; enmendar el inciso (c) del Artículo 8; enmendar el Artículo 12 de la Ley 180-1998, según enmendada; enmendar los Artículos 1, 2 y 7 de la Ley Núm. 148 de 30 de junio de 1969, según enmendada; enmendar los Artículos 1, 2, 3, eliminar el Artículo 3-A, enmendar los Artículos 5, 7, 8, 9, 11, 12 y eliminar el Artículo 14 de la Ley Núm. 80 de 30 de mayo de 1976, según enmendada; enmendar el Artículo 5-A de la Ley Núm. 45 de 18 de abril de 1935, según enmendada; enmendar la Sección 3(q) de la Ley Núm. 139 de 26 de junio de 1968, según enmendada; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 100 de 30 de junio de 1959, según enmendada, a los fines de crear protecciones en el empleo para fortalecer la legislación protectora del trabajo; y para otros fines relacionados.

Cámara de Representantes

PC3 – Para derogar la Ley 4-2017, según emendada, conocida como “Ley de Transformación y Flexibilidad Laboral”; enmendar los Artículos 4, 5, 6, 7, 8, 10, 11, 13 y 14 de la Ley Núm. 379 de 15 de mayo de 1948, según emendada; enmendar las Secciones 4 y 5 de la Ley Núm. 289 de 9 de abril de 1946, según emendada; enmendar el inciso (b) del Artículo 5, los incisos (a) y (d) del Artículo 6 y el inciso (a) del Artículo 12 de la Ley 180-1998, según enmendada; enmendar los Artículos 1 y 7 de la Ley Núm. 148 de 30 de junio de 1969, según enmendada; enmendar los Artículos 1, 3, 5, 7, 8 y 12 de la Ley Núm. 80 de 30 de mayo de 1976, según enmendada; derogar los Artículos 3-A y 14 de la Ley Núm. 80 de 30 de mayo de 1976, según enmendada; y enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 100 de 30 de junio de 1959, según enmendada, a los fines de restituir los derechos laborales aplicables a la empresa privada; restablecer el periodo probatorio, la presunción e indemnización por despido injustificado y la fórmula para computar la acumulación de licencias por vacaciones y enfermedad, conforme a la estructura vigente con anterioridad a la aprobación de la reforma laboral de 2017; ampliar el término prescriptivo para reclamar los beneficios derivados de un contrato de empleo; y para otros fines.

 

ASORE no avala una derogación de la Ley 4-2017, más estaríamos a favor de que se realice un análisis comprensivo de la misma para evaluar cómo puede mejorarse para todas las partes y así lograr un cuerpo de ley balanceado, flexible y que nos ayude ser competitivos, siempre velando por el bienestar de nuestros trabajadores.

Lo anterior es un resumen con el único propósito de orientar de manera general a nuestros socios. Este resumen no sustituye la lectura y análisis de documentos originales.