Cambios ante la Nueva Orden Ejecutiva 2020-029

Cambios ante la Nueva Orden Ejecutiva 2020-029

Compartimos los detalles de la Orden Ejecutiva Núm. 2020-29 firmada por la Gobernadora de Puerto Rico, Wanda Vázquez Garced, para extender el periodo de Toque de Queda. La nueva Orden Ejecutiva entrará en vigor a partir de mañana martes, 31 de marzo de 2020.

 

Vigencia:

La Orden Ejecutiva extiende el Toque de Queda desde el 31 de marzo de 2020 a las 7:00 p.m. hasta el 12 de abril de 2020.

 

 

Cambio en Horario de Operación:

Los restaurantes pueden operar todos los días desde las 5:00 a.m. hasta las 7:00 p.m. de manera limitada.

 

¿Pueden mis empleados transitar por las vías públicas dentro del horario de cierre total? 

  • A partir del 31 de marzo de 2020 se designarán días para poder transitar en las calles, según el último número de tablilla.
    • Esta limitación al tránsito NO aplica a los empleados de las industrias exentas, como son los establecimientos de venta de comida preparada.
  • Por lo tanto, los empleados de la industria de restaurantes podrán transitar en las vías públicas únicamente durante el horario de 5:00 a.m. a 7:00 p.m. todos los días de la semana. 
  • En el caso de la distribución de alimentos, no hay limitación en el horario en que transite siempre y cuando sea desde el centro de distribución hasta el destino y viceversa.
  • Recomendación Importante: Procure que su empleado tenga siempre la identificación de su empresa. De no tenerla, debe proveer un documento de su restaurante que certifique su empleo y horario. En el caso de las distribuidoras, se recomienda que tengan órdenes específicas con el lugar o lugares donde harán entregas. Esto adquiere mayor relevancia ante las restricciones para transitar en las calles por número de tablilla. Es importante que, si un empleado es detenido por la Policía, pueda evidenciar que está autorizado.

Modo de operación – Seguiremos operando bajo los siguientes métodos:

Entrega (“delivery”)

Recogido en restaurante (“carry out”).

Es importante que sus clientes ordenen por teléfono u otro medio previo a llegar a su restaurante a recoger.

Servi-carro 

 

Está prohibido recibir clientes en el salón comedor para consumir. Se recomienda entregar por la puerta, si no tiene ventanilla.

¿Qué puedo vender?

Todo producto de su menú, siempre que sea para llevar.

 

¿Cómo tramito los pagos?

Puede aceptar todos los tipos de pago.

 

¿Cómo manejo una fila de clientes?

Se recomienda que, si se acumulan clientes para recoger sus órdenes o para efectuar pagos en su restaurante, controle el espacio entre los mismos a por lo menos 6 pies entre cada uno. Además, controle la entrada para que no entren más de 2 ó 3 personas para efectuar transacciones. Una sugerencia práctica y económica es poner líneas de cinta adhesiva en el piso guardando entre cada línea la distancia recomendada para que los clientes se ubiquen en las mismas con suficiente espacio entre ellos.

Cuáles son las consecuencias si no cumplo con las directrices de la Orden Ejecutiva?

Multa de $5,000 o pena de reclusión no mayor de 6 meses, o ambas, a discreción del Tribunal. También el Departamento de Hacienda podrá revocar su licencia de rentas internas inmediatamente por un término no menor 6 meses

 

Orden Ejecutiva de la gobernadora de Puerto Rico, Hon. Wanda Vázquez Garced a los fines de extender las medidas tomadas para controlar el riesgo de contagio del coronavirus COVID-19 en Puerto Rico.