Orden Ejecutiva 2021-085

Orden Ejecutiva 2021-085

Orden Ejecutiva 2021-085:
Información importante

Estimados socios,

Incluimos comunicado desde la Fortaleza dirigido a lugares donde se consumen bebidas y alimentos que explica nueva Orden Ejecutiva 2021-085 que entrará en vigor el jueves, 30 de diciembre hasta el lunes, 16 de enero de 2022.

PUNTOS IMPORTANTES SOBRE LA OE 2021-085:

Vigencia:
Entrará en vigor este próximo jueves, 30 de diciembre de 2021.

Capacidad:
Reduce la capacidad de clientes en comercios que vendan comida preparada y bebidas alcohólicas de la siguiente manera:

  • 50% lugares cerrados
  • 75% lugares abiertos


Cualquier local en capacidad cerrada  que sirva bebida o comida preparada están obligados a limitar su aforo a un 50%  de la capacidad del lugar, según el código de edificación vigente  en Puerto Rico (PR Building Code 2018)  y autorizado por el Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico.

Importante colocar el rótulo en su establecimiento que indica el aforo de 50% y cantidad de personas permitidas en esa capacidad. 

Lo anterior aplicará igualmente a lugares donde se lleven a cabo actividades multitudinarias.

Comenzando desde hoy los restaurantes sólo podrán recibir en sus instalaciones a clientes vacunados, para lo cual están obligados a requerir evidencia de vacunación o que el visitante presente un resultado NEGATIVO de COVID-19 proveniente de una prueba viral, ya sea de antígenos o PCR, realizada dentro de un termino máximo de 48 horas antes de la visita y que haya sido procesada por un profesional de la salud autorizado, previo acceder al comercio.

Se adjunta para información de los socios copia de la OE 2021-085 y del Comunicado de Prensa.

**Lo anterior es un resumen de la Orden Ejecutiva 2021-085 y del Comunicado de Prensa de la Oficina del Gobernador con el único propósito de orientar de manera general a nuestros socios. Este resumen no sustituye la lectura y análisis del documento original que adjuntamos, ni constituye asesoría legal. **