Orden Ejecutiva 2022-007

Orden Ejecutiva 2022-007

Orden Ejecutiva 2022-007:
Información importante

Estimados socios:

Durante la tarde de ayer el Gobernador de Puerto Rico anunció la firma de la Orden Ejecutiva Núm. 2022-07.  Incluimos resumen para su beneficio.

PUNTOS IMPORTANTES SOBRE LA OE 2022-007:

Vigencia:

La Orden Ejecutiva tiene vigencia desde el 2 de febrero hasta el 16 de febrero de 2022. 

Horario de operación:

Se elimina la obligación de cerrar operaciones a las 12 de la media noche. Se elimina también la restricción de venta de bebidas alcohólicas luego de esa hora. 

Aforo:

Salones comedores cerrados:
Podrá recibir público con no más de un 75% de ocupación, según el Código de Construcción.  



Espacios al aire libre:
Sin límite
 de ocupación. 



Barras, chinchorros, cafetines y “sport bars”:
Definidos como negocios que se dedican principalmente a la venta al detal de bebidas alcohólicas para consumo dentro del mismo local. Aplica también a cafeterías o cafetines que continúan operando vendiendo únicamente bebidas alcohólicas. AFORO PERMITIDO: 50%

Cernimiento: 

Se requiere que el cliente presente evidencia de vacunación para entrar al establecimiento, o una prueba negativa de no más de 48 horas, o evidencia de recuperación de COVID-19. Esto no aplica a menores de 5 años. 

Esto no aplica a clientes que recogen sus órdenes para llevar (no consumirán en el local). 

Clientes que se nieguen a someterse al cernimiento no podrán entrar al negocio.

Afiche:

Se ordena que cada comercio autorizado tenga afiches en lugares visibles notificando el máximo de ocupación y la información necesaria para realizar denuncias al Departamento de Salud.  

Es obligatorio que el afiche tenga la siguiente información: 

  • Teléfono: 787-522-6300, exts. 6899, 6840, 6824, 6833 y 6893.
  • Correo electrónico: investigaciones @salud.pr.gov.

 

Descargar aquí.

**Lo anterior es un resumen de la Orden Ejecutiva 2022-007 con el único propósito de orientar de manera general a nuestros socios. Este resumen no sustituye la lectura y análisis del documento original que adjuntamos, ni constituye asesoría legal. **