Opinión emitida por Secretaria Departamento del Trabajo
Les compartimos una copia de la Opinión emitida por la Lcda. Briseida Torres, Secretaria del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos para su revisión sobre la legislación y reglamentación laboral vigente a nivel estatal y federal, así como las medidas disponibles para los empleados y patronos para atender la emergencia provocada por el Coronavirus. La Opinión atiende al empleado exento y no exento del sector privado.
Entre los mecanismos disponibles, se encuentran:
- los patronos están autorizados a requerir a sus empleados no presentarse a su lugar de trabajo de presentar síntomas relacionados al coronavirus;
- patronos podrán adoptar medidas para determinar si permiten la permanencia en el trabajo de un empleado, por ejemplo, la toma de temperatura siempre y cuando cuente con el consentimiento expreso del empleado;
- patronos podrán indagar acerca de viajes, visitas y posibles contactos con personas contagiadas;
- patronos están autorizados a solicitar evidencia médica previo a que un empleado se reincorpore a su lugar de trabajo luego de que este haya estado ausente como resultado de síntomas asociados al coronavirus. Ley ADA lo permite vía excepción según la Opinión;
- exhorta a los patronos promover el trabajo remoto. De adoptar el trabajo remoto, el patrono deberá continuar pagando la cuantía por hora o salario acordado en el contrato de empleo;
- empleados pueden solicitar por escrito cambio de horario, cantidad de horas o lugar donde deba realizar su trabajo. Ley Núm. 379;
- empleados tienen disponible el uso de la licencia por enfermedad para atender cualquier ausencia meritoria relacionada al coronavirus;
- patrono puede proveer cualquier otra licencia que haya adoptado en sus políticas de personal o en el contrato de empleo;
- empleado exento que no realiza ningún trabajo por una semana, ya sea presencial o remota no tiene derecho a la paga de esas semanas;
- de los empleados necesitar ausentarse del trabajo debido al coronavirus luego de haber agotado las licencias aplicables estos podrán solicitar los beneficios de SINOT;
- en caso que una exposición o contagio particular con el coronavirus se clasifique como ocupacional, en el área de trabajo, el empleado pudiera acogerse a los beneficios del CFSE-Ley Compensaciones por Accidentes del Trabajo;
- del patrono cerrar total o parcialmente debido al coronavirus el empleado pudiera ser elegible para el Seguro por Desempleo.