Plan de Control de Exposición al COVID-19

Plan de Control de Exposición al COVID-19

Información Importante sobre seguridad en el empleo | Auto-certificacion de cumplimiento con el Plan de Control de Exposición al COVID-19

Todo patrono planificando reabrir está obligado a notificar al Departamento del Trabajo un documento de auto-certificación junto a un plan antes de comenzar a operar

Propósito de este requisito

Basado en las obligaciones de todo patrono que establece la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, y dada la emergencia de salud pública que está viviendo Puerto Rico, ahora más que antes, el patrono debe asegurarse que sus empleados trabajan en un lugar seguro y salubre.

Disposición legal aplicable

La Orden Ejecutiva-2020-038 (Sección 18va) requiere que los patronos exentos del cierre, presenten una auto-certificación al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DRTH) en la que afirmen que cuentan con un Plan de Manejo de Riesgo previo a la apertura del negocio. El referido plan ya era requerido por las Guías de OSHA https://www.osha.gov/Publications/OSHA3992.pdf. El DTRH, mediante Carta Circular 2020-03 ha detallado el proceso para ello.

Aplicación

1. Comercios cerrados en planes de reapertura

2.  Comercios exentos, que se encuentran operando

Requisitos Generales de OSHA sobre control de riesgos

  • La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés) establece una jerarquía para el control de riesgos de los lugares de trabajo, siendo estos:

                        1- eliminación del riesgo;

                        2- sustitución del riesgo;

                        3- controles de ingeniería;

                        4- controles administrativos/prácticas de trabajo y el uso de equipo de protección personal.

  • Cada patrono es responsable de realizar evaluaciones de riesgos en sus lugares de trabajo y establecer los controles de riesgos adecuados para cada lugar.
  • Una vez realizado el análisis de riesgo, es responsabilidad del patrono implementar controles siguiendo la jerarquía establecida.

Recomendaciones cuando la eliminación o sustitución de riesgo es difícil

Reforzar los demás controles, es decir:

  • controles de ingeniería (ejemplo: uso de barreras físicas y particiones);
  • controles administrativos/prácticas de trabajo (ejemplo: mantener al menos seis pies de distancia entre personas, establecer itinerario de limpieza y desinfección de las áreas de trabajo, restringir o limitar la cantidad de personas dentro del lugar de trabajo, requerir el lavado de manos frecuente, especialmente, del personal que atiende público, entre otros);
  • y proveer equipo de protección personal.

Información adicional sobre guías para desarrollar lugares de trabajo seguros para todos los empleados (https://www.osha.gov/Publications/OSHA3992.pdf).

Guías de recomendación del uso de equipo de protección personal, entre otras (https://www.osha.gov/SLTC/covid-19/).

Plan de Control de Exposición al COVID-19: Desarrollo e Implementación

Formulario de Auto-certificación patronal:

Los patronos exentos del cierre deberán someter la Auto-certificación Patronal creada por el DTRH y publicada en la página electrónica www.trabajo.pr.gov lo antes posible. Pueden continuar operando, aunque no hayan notificado la certificación, pero se requiere diligencia en esta gestión.

Los patronos actualmente cerrados y en preparación para reabrir deberán someter la Auto-certificación Patronal creada por el DTRH y publicada en la página electrónica www.trabajo.pr.gov previo a la apertura de su negocio.

El documento deberá ser enviado, junto al Plan de Control de Exposición al COVID-19, al siguiente correo electrónico: autocertificacionprosha@trabajo.pr.gov.

  • En la Auto-certificación Patronal el patrono incluirá la información básica requerida y certificará que su Plan de Control de Exposición al COVID-19, cumple con los 22 elementos esenciales que se detallan en la Carta Circular del DTRH 2020-03. Entre dichos elementos se encuentran los siguientes: el plan es escrito, incluye recomendaciones de las agencias de salud aplicables, contiene protocolo de curtimiento de empleados, protocolos de limpieza, distanciamiento social, equipo de seguridad, protocolo ante la eventualidad de tener un empleado positivo a COVID-19 y otros. 
  • Una vez el patrono envíe la Auto-certificación Patronal y el Plan de Control al correo electrónico indicado, podrá comenzar a operar su negocio y se entenderá que las facilidades se ajustan a los parámetros establecidos por PR OSHA y el CDC.

El envió de la Auto-certificación no libera al patrono de responsabilidad

  • En caso de encontrarse que el patrono ha incurrido en una violación a las normas de seguridad y salud, o que presentó información falsa en la Auto-certificación Patronal sometida al DTRH el comercio puede ser multado. 
  • PROSHA podrá comunicarse con el patrono o visitar el lugar de trabajo para corroborar el cumplimiento con la información certificada; o hacer señalamientos sobre cualquier deficiencia en el Plan de Control de Exposición al COVID-19 sometido, que deberá ser corregida, sujeto a los procedimientos administrativos aplicables.

Publicación de listado de patronos que han sometido Auto-certificación

  • Al entregar la Auto-certificación Patronal, los patronos consienten a aparecer en el listado público que divulgará el DTRH en su página electrónica para conocimiento de la ciudadanía general y de los empleados llamados a trabajar.
  • El listado enumerará a los patronos exentos del cierre que han presentado la Auto-certificación Patronal y que, por tanto, están autorizados a operar su negocio.
  •  El mismo será actualizado por el DTRH en su página electrónica al menos cada dos (2) días.

Denuncias por alegaciones de riesgos de seguridad y salud en el empleo

Empleados que entiendan que existen riesgos de seguridad y salud en el lugar de empleo, así como cuestiones relacionadas a equipo de protección personal, o que un patrono no cumple con alguno de los elementos esenciales del Plan de Control de Exposición al COVID-19 que le fueron certificados al DTRH; podrá llamar al 787-754-2172 o escribir a prosha@trabajo.pr.gov, para que un profesional especializado lo oriente y atienda su reclamo. También, puede presentar una querella contra el patrono de manera confidencial.

PATRONOS: dónde obtener información sobre seguridad en el empleo

El Programa de Consultoría de PROSHA provee servicios gratuitos, y no punitivos, de asesoría y orientación a patronos mediante el teléfono 787-705-6678 o correo electrónico consultasprosha@trabajo.pr.gov